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HOGAR SEGURO

Provee tranquilidad y protección en el caso de daños físicos a la vivienda, accidentes personales y posibles demandas por daños causados a terceras personas como consecuencia de las actividades realizadas por los miembros de tu familia.

SEGURO COLECTIVO DE VIDA – VIDACOOP

Es un plan colectivo de vida, el cual ofrece una cobertura a todos los empleados y/o directivos en caso de fallecimiento por muerte natural, incapacidad total y permanente, gastos médicos por accidentes hasta un 10% del valor asegurado. Si es por muerte accidental, indemnización doble.

TODO RIESGO DE CONTRUCCIÓN

Es un seguro a “todo riesgo” que cubre a todas las personas o partes involucradas en una obra de ingeniería civil de las pérdidas que puedan sufrir a causa de daños materiales imprevistos durante la construcción de la obra. Estas personas que tienen un interés económico inmediato son en la mayoría de los casos: El comitente (dueño de la obra), el contratista principal y los Sub-contratistas.

Interés Asegurable

Mediante esta póliza se pueden asegurar edificios para viviendas, oficinas, centros comerciales, naves industriales, hoteles, hospitales, complejos deportivos, carreteras y puentes, túneles, presas, aeropuertos, vías subterráneas (metros), puertos, muelles, entre otros.

REPATRIACIÓN

Plan repatriación de cadáveres desde USA, Europa, Suiza e Islas Francesas (exclusivo para dominicanos residentes en el exterior).

COBERTURAS

• Repatriación a República Dominicana en caso de fallecimiento.

• Recogidas en el aeropuerto.

• Servicio funerario a nivel nacional en República Dominicana.

• Bono en efectivo para gastos imprevistos.

• Asistencia integral a la familia.

• Cremación.

• Boleto aéreo para un acompañante beneficiario. (Aplica para plan Europa).

SEGUROS DE SALUD ARS

El seguro de salud cubre los beneficios de salud esenciales para mantener su salud y tratar enfermedades y accidentes. El seguro de salud lo protege de costo médicos altos e inesperados, el monto que paga por los servicios de atención médica cubiertos antes de que su plan de seguro comience a pagar.

Dirigidos a profesionales independientes que tienen la necesidad de estar protegido ante un evento de salud,también a los socios que deseen contratar el mismo a un tercero, por ejemplo; un familiar,empleados domésticos, entre otros.

Los planes que ofrecemos:

PRIMARIO


PREFERENCIAL

SEGUROS DE VIAJE

Es una Póliza de Seguro que permite viajar protegido y sin preocupaciones. Bajo este acuerdo, la compañía aseguradora se compromete a indemnizar en caso de que ocurra un siniestro. Con esta forma de protección, los viajes, ya sean nacionales o internacionales, se realizan con la seguridad de que cualquier incidente imprevisto durante el trayecto será respaldado económicamente por la aseguradora. Además, en algunas ocasiones, también se ofrece asesoría legal, jurídica y otros servicios de asistencia en el viaje. Esta cobertura global resulta ideal para excursiones, circuitos, tours culturales, eventos y convenciones. Viajará con confianza, sabiendo que está protegido en cualquier parte del mundo.

Existen diferentes pólizas según cobertura:

GOLD

SILVER

BUSINESS

EUROSCHEGEN

SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES:

El seguro de accidentes cubre, como su propio nombre indica, los daños corporales que sufra un asegurado como consecuencia de un accidente ya sea en su vida privada o desarrollando su actividad profesional. 

Entre los riesgos cubiertos se encuentra la muerte, la invalidez permanente y absoluta y las repercusiones económicas que pueda sufrir, como los gastos sanitarios. El objeto del seguro es garantizar al asegurado, o en su caso al beneficiario, el pago de la suma asegurada establecida en la póliza cuando el asegurado, como consecuencia de un accidente fallezca o tenga invalidez temporal o permanente.

PLAN FUNERAL VERDAD ÚNICA:

Se trata de un programa comúnmente denominado Plan Funeral, Últimos Gastos o Ayuda Mutua. Este plan vitalicio de bajo costo está diseñado para brindar tranquilidad a los miembros y sus dependientes de las cooperativas. Su objetivo es asegurar tanto la estabilidad económica como emocional al ofrecer una cobertura en efectivo en caso de fallecimiento por causas naturales o accidentales.

SEGURO COLECTIVO DE VIDA, AHORROS Y APORTACIONES

Otorga una indemnización en efectivo del balance actual de cuenta de ahorros, aportaciones o certificados financieros a los beneficiarios, en caso de fallecimiento por muerte natural o accidental.

TODO RIESGO EQUIPO AGRÍCOLA

Cubre las maquinarias e instalaciones en operación o listas para operar, de los daños que puedan sufrir por causas técnicas (fallas de material, de construcción o de fabricación) y a fallas humanas en el manejo y control de las mismas.

Interés Asegurable

Todo tipo de máquinas agrícolas, tractores, sembradores

SEGURO DE COLECTIVO DE VIDA / PRESTAMOS

Es un seguro de vida grupal que reduce o liquida el préstamo asegurado, protege a la Cooperativa cuando otorgan préstamos, proporcionando tranquilidad al socio y protegiendo sus ahorros, a su familia y los fiadores.

Amplia cobertura que permite unificar todos los préstamos del socio Pago inmediato si es por accidente, cubre muerte natural e invalidez total y permanente Garantiza permanencia de ahorros del socio a sus beneficiarios

1.1. Prestamos Mancomunados – Cobertura de préstamo a otros familiares con vínculos sanguíneos, pareja legal, padre, madre e hijos).
1.2. Prestamos Vida Hipotecario – Liquida el prestamos asegurado

AUTOCOOP EMPRESARIAL

Está orientado a instituciones financieras que desean proteger sus garantías dotándolas de mayor control y seguridad respecto a las contracciones.

COBERTURAS

  • • Daños a la propiedad ajena.
    • Lesiones y/o muerte a una persona.
    • Lesiones y/o muerte a más de una persona.
    • Lesiones y/o muerte a un pasajero.
    • Lesiones Y/o muerte a más de un pasajero.
    • Fianza judicial.
    • Accidentes personales.
    • Colisión y vuelco.
    • Incendio y/o robo.
    • Riesgos comprensivos.
    • Rotura de cristales.
    • Alquiler de vehículos.
    • Centro del automovilista.
    • Asistencia vial.

AUTOCOOP FLEX

Cubre un 70% respecto a coberturas y valores.

COBERTURAS

  • • Daños a la propiedad ajena.
    • Lesiones y/o muerte a una persona.
    • Lesiones y/o muerte a más de una persona.
    • Lesiones y/o muerte a un pasajero.
    • Lesiones Y/o muerte a más de un pasajero.
    • Fianza judicial.
    • Accidentes personales.
    • Riesgos Comprensivos.
    • Colisión y vuelco.
    • Incendio y/o robo.
    • Rotura de cristales.
    • Alquiler de vehículo.
    • Centro del automovilista.

AUTOCOOP PÉRDIDA TOTAL

El asegurado no esta sujeto a pago de deducible. Cubre daños del vehiculo que sobrepasen el 75% del valor asegurado.

COBERTURAS

  • Daños a la propiedad ajena.

  • • Lesiones y/o muerte a una persona.

  • • Lesiones y/o muerte a más de una persona.

  • • Lesiones y/o muerte a un pasajero.

  • • Lesiones y/o muerte a más de un pasajero.

  • • Fianza judicial.

  • • Accidentes personales.

  • • Riesgos Comprensivos.

  • • Colisión y vuelco.

  • • Incendio y/o robo.

  • • Centro del automovilista.

  • • Asistencia vial.

AUTOCOOP PLATINIUM

COBERTURAS

  • Daños a la propiedad ajena.

• Lesiones y/o muerte a una

persona.

• Lesiones y/o muerte a más de

una persona.

• Lesiones y/o muerte a un

pasajero.

• Lesiones y/o muerte a más de un

pasajero.

• Fianza judicial.

• Accidentes personales.

• Riesgos comprensivos.

• Colisión y vuelco.

• Incendio y/o robo.

• Rotura de cristales.

• Robo de partes externas.

• Alquiler de vehículo.

• Cero deducible.

• Desigualdad de terreno.

• Caminos no declarados.

• No depreciación en pérdidas

totales.

• Daños por agua.

• Plan funeral.

• Centro del automovilista.

• Asistencial vial.

• Aeroambulancia.

AUTOCOOP GOLD

COBERTURAS

  • • Daños a la propiedad ajena.
    • Lesiones y/o muerte a una persona.
    • Lesiones y/o muerte a más de una persona.
    • Lesiones y/o muerte a un pasajero.
    • Lesiones Y/o muerte a más de un pasajero.
    • Fianza judicial.
    • Accidentes personales.
    • Riesgos comprensivos.
    • Colisión y vuelco.
    • Incendio y/o robo.
    • Rotura de cristales.
    • Alquiler de vehículo.

  •  

COBERTURAS OPCIONALES

  • • Robo de partes externas.
    • Desigualdad de terreno.
    • Caminos no declarados.
    • No depreciación en pérdidas.
    • Daños por agua.
    • Plan funeral.
    • Centro del automovilista
    • Asistencia vial. 

AUTOCOOP SILVER

Es la cobertura obligatoria o de ley que el conductor adquiere con el propósito de cubrir los daños o pérdidas materiales ocasionadas a un tercero producto de un accidente vehicular.

COBERTURAS

• Daños a la propiedad ajena.
• Lesiones y/o muerte a una persona.
• Lesiones y/o muerte a más de una persona.
• Lesiones y/o muerte a un pasajero.
• Lesiones y/o muerte a mas de un pasajero.
• Fianza judicial.
• Accidentes personales.
• Riesgos comprensivos.
• Colisión y vuelco.
• Incendio y/o robo.
• Rotura de cristales.
• Alquiler de vehículo.
• Centro del automovilista.
• Asistencia vial.
 
COBERTURAS OPCIONALES:
• Robo de partes externas.
• Desigualdad de terreno. 
• Caminos no declarados
• No depreciación en pérdidas. 
• Daños por agua. 
• Plan funeral.

TODO RIESGO EQUIPO CONTRATISTA

Esta póliza cubre todo tipo de equipos móviles y estacionarios empleados en la construcción de obras civiles, montajes electromecánicos, así como ciertas instalaciones industriales en puertos y en minas.

La póliza se puede extender a cubrir:

  • Gastos de aceleración

    Flete aéreo

    Bienes existentes

    Responsabilidad civil

    Motín y Huelgas

TODO RIESGO EQUIPO ELECTRÓNICO

Es una cobertura a Todo Riesgo y cubre los daños físicos o materiales que puedan sufrir los objetos asegurados, como consecuencia de un evento súbito e imprevisto que no se encuentre dentro de las exclusiones específicas de la póliza.

Interés Asegurable

Bajo la presente póliza pueden asegurarse una gran variedad de equipos como: equipos de procesamiento de datos, ordenadores, centros de cómputos, sistemas de automatización, salas de control, centrales telefónicas, instalaciones de televisión, radio, equipos de hospitales y clínicas (radiografía, tomografía), laboratorios.

TODO RIESGO DE PROPIEDADES

Es un formato comprensivo que cubre la pérdida, destrucción física o daño material de los bienes muebles e inmuebles asegurados, como consecuencia directa de cualquier causa que ocurra de manera súbita e imprevista, excepto por las causas específicamente excluidas.

RESPONSABILIDAD CIVIL MÉDICA

Cubre la responsabilidad civil en que incurra el Asegurado en el ejercicio de una profesión médica o especialidad. La póliza es aplicable a los médicos en sus diferentes especialidades, excluyendo de manera específica la cirugía plástica o estética.

 Coberturas: El seguro cubre la responsabilidad civil profesional en que incurra el médico asegurado durante el ejercicio de una profesión médica ocurrida dentro de la vigencia de la póliza, a consecuencia de:

  • • Culpa, ya sea por negligencia o por impericia.

  • • Daño por lesión o muerte ocasionados como consecuencia directa de errores y/u omisiones durante la prestación de un servicio o procedimiento médico.

  • • La responsabilidad civil profesional derivada de: uso de equipos de diagnóstico y suministro de medicamentos.

  • • La responsabilidad derivada de la posesión y del uso de aparatos y tratamientos médicos con fines de diagnóstico o de terapéutica.

INCENDIO HIPOTECARIO

Es una póliza colectiva abierta, utilizada para asegurar edificaciones o viviendas financiadas por cooperativas y/o instituciones bancarias. Está sujeta a la presentación de reportes mensuales de los préstamos asegurados.

PÓLIZA ESTÁNDAR (RIESGOS NOMBRADOS)

Esta póliza es la que se usa con mayor frecuencia en el mercado asegurador y se caracteriza porque las coberturas se encuentran nombradas de manera específica, lo que significa que las pérdidas y/o daños cubiertos deben ser la consecuencia directa de una o varias de las coberturas nombradas.

CLASES DE FIANZAS

Fianzas Temporales: Son aquellas que surgen para garantizar una obligación temporal, como son las fianzas de cumplimiento de contrato de obras civiles, en las cuales, cuando se termina la obra, la fianza desaparece por falta de objetivo.

Fianzas Permanentes: Son aquellas que garantizan una concesión que se prolongan indefinidamente en el tiempo.

OTRO TIPO DE FIANZAS:

Fianzas de Levantamiento de Embargo: Se refiere a la fianza que garantiza descongelar los fondos embargados y debe ser depositada en el banco o bancos correspondientes. La fianza es requerida a las personas o empresas que han sido objeto de un embargo retentivo por algún tipo de problema, y se le ha embargado la cuenta de banco. La fianza debe emitirse por un valor equivalente al doble del valor embargado.

Fianzas Judiciales: Se define como la garantía que se presenta para asegurar el cumplimiento de las obligaciones o responsabilidades derivadas de un proceso. Es decir, que existen en virtud de una sentencia.

ADUANALES

Son usadas en conexión con las importaciones y/o para la entrega de bienes, con el objeto de que el dueño de dichos bienes pueda retirarlos de los recintos aduanales, mientras se determina el monto de los impuestos recaídos sobre ellos. Las fianzas más comunes de este grupo son:

Fianza de retiro de mercancías: Garantiza el retiro de la mercancía hasta que salgan los documentos correspondientes al embarque, sujeto al pago de los impuestos.

Fianzas de exportación: Garantiza que la mercancía será reexportada en un plazo no mayor de doce (12) meses, a partir de su fecha de entrada a la aduana. A esta fianza se le conoce también como fianza de internamiento temporal, pues de acuerdo con la Ley 69 (Turismo), las mercancías deben salir ya trabajadas, en un tiempo establecido previamente.

Fianza de vehículos o depósitos: Esta fianza es requerida a empresas importadoras de vehículos o aquellos confiados a depósito, para garantizar que no serán retirados sin el previo pago de los impuestos.

Fianzas de agentes o consignatarios de buques: Es requerida por la Secretaría de Estado de Finanzas a las agencias navieras y garantiza las operaciones de gestionar la mercancía frente al puerto o puertos designados por dicha Secretaría.

FIANZAS COMERCIALES

Son aquellas fianzas requeridas a personas o empresas que ofrecen servicios en general o fungen como estafetas de pago. Entre las más comunes se encuentran:

Fianzas de suministro: Se trata de la fianza que garantiza el cumplimiento de emisión y entrega de impresos en una fecha específica. Esta fianza es requerida generalmente a las imprentas.

Fianzas de agencias de viajes y/o cobros: Son fianzas requeridas a personas o empresas que se dedican a la venta de boleterías, cobros de luz, teléfono, entre otros.

FIANZA DE CONSTRUCCIÓN

Se trata de las fianzas que deben presentar las personas o empresas que participan en subastas o concursos para la adjudicación de contratos administrados por organismos públicos principalmente o en obras civiles privadas. Las principales Fianzas de uso local son:

Fianza de licitación: El propósito de  esta fianza es garantizar el mantenimiento de oferta con respecto a la capacidad del contratista para llevar a cabo el contrato objeto del concurso.

 

Fianza anticipo o avance: Su objeto es garantizar el correcto uso del anticipo del cual se provee al contratista para ser invertido en la adquisición de bienes y la contratación del personal necesario para el desarrollo de la obra.

 

Fianza de fiel cumplimiento: Conocida también como Fianza de Ejecución, tiene por objeto garantizar el total cumplimiento del contrato en el tiempo y forma previstos, o en su defecto, el pago de los perjuicios provenientes del incumplimiento.

 

Fianza de vicios ocultos: Garantiza los defectos no visibles de la obra, a la hora de la entrega. La vigencia de este tipo de fianza comienza a partir de la fecha de entrega de la obra y su duración generalmente es de un año.

ROBO Y ASALTO

El seguro de Robo y Asalto garantiza al asegurado cobertura por la pérdida de dinero y/o valores por el robo, intimidación o amenaza en las personas. El Robo o la tentativa de robo, para que sea indemnizable debe ser realizado por personas ajenas al asegurado. Esto incluye:

Robo y Asalto dentro de los locales.

Robo y Asalto fuera de los locales, mientras el dinero está siendo transportado por un mensajero.

Dinero guardado en cajas de seguridad.

TODO RIESGO AVERÍA DE MAQUINARIA:

Cubre las maquinarias e instalaciones en operación o listas para operar, de los daños que puedan sufrir por causas técnicas (fallas de material, de construcción o de fabricación) y a fallas humanas en el manejo y control de las mismas.

Interés Asegurable

Todo tipo de máquinas e instalaciones, desde pequeños motores eléctricos, plantas eléctricas, transformadores, a excepción de herramientas, revestimientos refractarios; es decir, partes que deben cambiarse periódicamente por tener una vida útil muy corta.

TRANSPORTE DE CARGA

Es un producto que cubre el traslado de mercancías vía terrestre, aérea o marítima, por el tiempo que dure el transporte de los bienes.

TIPOS DE PÓLIZAS:

  • – Póliza Marítima Abierta

    – Póliza Transporte Terrestre

    – Póliza Responsabilidad del Transportista/Terrestre

RESPONSABILIDAD CIVIL

Cubre la responsabilidad legal imputable al Asegurado por daños a la propiedad ajena y lesiones y/o muerte a terceras personas, durante las operaciones normales del negocio asegurado causado por sus propios hechos o por aquellos que sean cometidos por los que le representan.

COBERTURAS:

La compañía se compromete a pagar en nombre del asegurado todas las sumas que legalmente se vea obligado a pagar por daños y perjuicios que surjan de los riesgos y coberturas de la póliza ocurridos dentro del período de vigencia de la póliza por:

Lesiones corporales: incluyendo la muerte que de ellas resultare sufridas por personas en calidad de terceros. No se consideran como “Terceros” para los fines de la póliza: El cónyuge, ascendientes, descendientes y hermanos del asegurado o del causante del daño, así como los socios, accionistas, administradores, empleados y dependientes del asegurado.

Daños a la propiedad ajena; o sea, cualquier daño físico o destrucción causada por un accidente.

FIDELIDAD

El seguro de Fidelidad responde por las pérdidas que pueda sufrir el asegurado de manos de empleados deshonestos como consecuencia de la apropiación de valores, dinero, mercancías, efectos o documentos por el abuso de confianza de sus empleados y/o dependientes a su servicio.

 

TIPOS DE PÓLIZAS
Existen dos (2) tipos de pólizas dentro de este ramo, que son:

Fidelidad simple:

Cubre específicamente los empleados incluidos en la póliza, mediante la posición o puesto que ocupa, hasta el límite asegurado para cada uno, según aparece en las condiciones particulares de la póliza.

Cubre las pérdidas que sufra el asegurado en dinero u otros bienes y/o valores (incluyendo aquellos en que el asegurado sea responsable) por hurto, robo, desfalco, falsificación, malversación, sustracción criminal o cualquier otro tipo de actos fraudulentos, criminales o deshonestos, cometidos directamente, o en combinación con otros, por cualquier empleado del asegurado y mientras esté desempeñando el cargo indicado en la póliza.

Fidelidad 3D:

Es conocida en nuestro mercado de seguros como Fidelidad 3D porque garantiza cubrir al asegurado la Deshonestidad, Desaparición y Destrucción, de donde provienen las tres D. Se trata de una cobertura comprensiva y bastante amplia, incluyendo a todos los empleados y directivos de la institución asegurada, independientemente de que manejen dinero o no.

***Esta modalidad de póliza requiere analisis de riesgo previo.

CRISTALES Y LETREROS

El seguro garantiza al asegurado el pago de una indemnización en caso de rotura accidental de los cristales descritos en la póliza, por cualquier causa que no se encuentre excluida específicamente en el contrato.

TODO RIESGO OBJETOS VALIOSOS

Esta póliza ofrece una cobertura a “todo riesgo” y garantiza las pérdidas o daños por cualquier causa que ocurra de manera súbita e imprevista, excepto las que se encuentran excluidas específicamente.

Interés Asegurable. Joyas, artículos raros o de arte, pinturas, dibujos, cuadros, de colección, entre otros.

La suscripción de la póliza está sujeta a:

  • – Suministrar relación detallada de los objetos o artículos que se van a asegurar, indicando descripción y valor de cada riesgo.

    – La compañía debe realizar una inspección previa a la suscripción del seguro

SEGURO CANCELACIÓN DE EVENTO

Este seguro aplica a la celebración de eventos y garantiza indemnizar al asegurado todos los gastos en que ha incurrido el promotor de un evento o espectáculos (conciertos, encuentros deportivos, conferencias) que resulte cancelado o suspendido a causa de un hecho accidental como los siguientes:

 

Incomparecencia por enfermedad 

Fallecimiento o accidentes sufridos por artistas

Lluvias en espectáculos al aire libre 

Huelgas

Propósito de la Cobertura

Cubrir al asegurado las pérdidas financieras como resultado de que el evento no se lleve a cabo, sea interrumpido o cancelado y tenga que ser pospuesto. 

TODO RIESGO MONTAJE

Es un seguro a “todo riesgo” que cubre a las personas o partes involucradas en una obra de montaje de maquinaria, de las pérdidas que puedan sufrir a causa de daños materiales imprevistos durante la realización de la obra.

AUTOCOOP LEY

Es la cobertura obligatoria o de ley que el conductor adquiere con el proposito de cubrir los daños o pérdidas materiales ocasionadas a un tercero producto de un accidente vehicular. 

COBERTURAS

• Daños a la propiedad ajena.
• Lesiones y/o muerte a una persona.
• Lesiones y/o muerte a más de una persona.
• Lesiones y/o muerte a un pasajero.
• Lesiones y/o muerte a más de un pasajero.
• Fianza judicial.
• Accidentes personales.

SERVICIOS OPCIONALES

• Plan funeral.
• Centro del automovilista.
• Asistencia vial.
• Aeroambulancia.
Seguro de Ley u Obligatorio: Se trata de un seguro de responsabilidad civil (obligatorio), según establece la Ley 146-02 de Seguros y Fianzas, en su Art.112. toda persona física o moral, cuya responsabilidad civil pueda ser exigida por daños materiales, corporales o morales causados a terceros por un accidente de vehículo de motor o remolque, está obligado a mantenerlo asegurado para que se le permita su circulación.
Riesgos cubiertos mediante el Plan de Responsabilidad Civil:
-Daños causados a terceros (personas)
-Daños causados a terceros (bienes)
-Accidentes personales al conductor
-Responsabilidad civil de pasajeros
-Accidentes personales del conductor, pasajeros, peones, ocupantes familiares y ayudantes
-Fianza judicial para liberar condicional
-Riesgos de peones y ayudantes
Seguro de Ley u Obligatorio Ampliado: conforme al Art. 125 de la Ley 146-02 de Seguros y Fianzas (capítulo VI), donde se establecen unos límites mínimos por vehículo. Mediante este plan ofrecemos las coberturas de ley y damos opción al asegurado de aplicar los límites establecidos por ley, para tener mayor cobertura en cada riesgo cubierto.
Seguro de daños propios: Se trata de una cobertura que el asegurado puede obtener de manera voluntaria, en adición al seguro obligatorio. Cubre daños parciales o totales como consecuencia de los riesgos cubiertos. 
Riesgos cubiertos mediante el plan de daños propios:
-Colisión y vuelco
-Robo y hurto total
-Riesgo comprensivo
-Rotura de cristales
Servicios adicionales que ofrecemos para planes de vehículo de motor:
-Cobertura centro atención al Automovilista
-Grúa por accidente
-Grúa Plus (por accidente o por avería)
-Plan auto rentado